Los patinetes eléctricos se han extendido por las grandes ciudades como una forma asequible de movilidad personal. El aumento registrado en los últimos meses ha elevado la cifra total de patinetes eléctricos en circulación en España hasta unos 20.000 de uso particular y 5.000 en alquiler, según los datos la Asociación de Usuarios de Movilidad Personal (AUVMP) recogidos por Acierto.com. La proliferación de estos vehículos ha creado una situación de confusión entre los usuarios por las normativas de regulación en cada ciudad y país.
Ciudades como Barcelona y Madrid y la Dirección General de Tráfico (DGT) tiene regulaciones en vigor o en preparación que suponen requisitos diferentes para los usuarios de patinetes eléctricos. Los casi 300 accidentes contabilizados hasta ahora de usuarios de los nuevos vehículos de micromovilidad personal han incrementado la presión para exigir más requisitos para su uso.
La ordenanza municipal que prepara el Ayuntamiento de Barcelona ha vuelto a desatar la polémica entre los usuarios de los patinetes, que ya han empezado a movilizarse para exigir que se respeten sus derechos. Barcelona quiere exigir matrícula y seguro a los patinetes, unos requisitos en línea con lo que piden las marcas de ciclomotores, que critican la competencia desleal sufrida por vehículos que pueden circular a velocidades similares pero sin las mismas exigencias.
La DGT lleva meses preparando un reglamento que actúe como paraguas para las normativas municipales y advierte de que estos vehículos no son un juguete, por lo que se deben conducir con el mismo nivel de sensatez y atención que cualquier otro método de transporte motorizado.
Tipos de patinetes
Los patinetes se dividen en tres grupos, según recuerda Acierto.com:
• Tipo A: son aquellos patinetes de una o dos ruedas que circulan a un máximo de 20 km/h y pesan hasta 25 kg. Tienen capacidad para una 1 persona.
• Tipo B: los que alcanzan una velocidad máxima de 30 km/h, y un peso de hasta 50 kg. Tienen capacidad para 1 persona.
• Tipo C: estos pueden pesar hasta 300 kg y circular a un máximo de 25 km/h. Su capacidad es de entre 1 y 3 personas.
¿Por dónde pueden circular?
Actualmente, estos vehículos solo están autorizados a circular por carriles bici y calzadas en las que el límite de velocidad sea de 30 km/h. Sin embargo, al no existir una legislación a nivel estatal, las normas pueden cambiar ligeramente en función del municipio, ya que ahora son los ayuntamientos los que se encargan de definirlas. Ello hace que, dependiendo de la ciudad, por ejemplo, la edad mínima para conducir un patinete eléctrico pueda variar entre los 14 y los 16 años.
En cualquier caso, sí existen algunas normas compartidas mientras la DGT trabaja en alcanzar un acuerdo común, como pueden ser la prohibición de circular por vías interurbanas, calzadas peatonales y aceras, o que no sea necesario obtener un permiso de circulación para conducir este tipo de vehículos.
¿Que equipamiento hay que usar?
En cuanto al atuendo, la legislación no marca unas pautas específicas para los mayores de 16 años, pero sí recomienda el uso de casco, guantes y chaleco reflectante a todos los usuarios. Estas medidas de protección, sin embargo, serán exigibles en el caso de que el vehículo sea de alquiler, ya que la propia empresa lo podrá imponer como norma obligatoria para utilizar sus patinetes.
¿Es obligatorio un seguro para patinetes?
La DGT define este medio de transporte como Vehículo de Movilidad Personal, por lo que no es obligatorio asegurarlo. "No obstante, es muy recomendable hacerlo ya que, en caso de provocar un accidente, será el conductor quien deba responsabilizarse económicamente de todos los perjuicios ocasionados, según el portal de seguros.
La normativa, en cambio, sí exige a aquellos que vayan a utilizar el patinete eléctrico con una finalidad laboral a contratar un seguro, así como a las compañías de alquiler a proporcionar las coberturas necesarias a sus clientes.
¿Cuánto cuesta un seguro?
Actualmente, los precios de los seguros para patinetes eléctricos empiezan en unos 20€ al año y pueden alcanzar hasta los 50 anuales, dependiendo del tipo de coberturas que se contraten. Cada vez son más las aseguradoras que cuentan con este tipo de pólizas, donde las más básicas incluirán Responsabilidad Civil a terceros en caso de accidente, y a partir de ahí se podrán añadir defensa jurídica, daños accidentales a terceros y hasta robo, gastos de hospitalización, reparación de daños, etc.
Cabe destacar que la mayoría de compañías no cubrirán todos los tipos de patinetes, ya que, en general, los del C no suelen estar incluidos. Por último, el portal también recomienda contar con un seguro de salud que garantice asistencia médica en caso de caídas y/o accidentes, aunque para eso está los sistemas públicos de emergencias.