Los expedientes de regulación de empleo (ERE) temporales por fuerza mayor se han convertido en la respuesta más habitual de muchas empresas al parón de la actividad por el coronavirus. Los ERE temporales (ERTE) permiten suspender de forma temporal los contratos de los trabajadores afectados para que se reincorporen cuando se reactive la actividad y de esa manera se consigue evitar el despido. En el caso de fuerza mayor, tiene una regulación especial que va a ser adaptada a la crisis actual. Grandes fábricas como Seat y Nissan prevén aplicar ese tipo de medidas.
¿Qué es fuerza mayor?
La normativa laboral prevé que la existencia de fuerza mayor deberá ser constatada por la autoridad laboral. "El procedimiento se iniciará mediante solicitud de la empresa, acompañada de los medios de prueba que estime necesarios y simultánea comunicación a los representantes legales de los trabajadores, quienes ostentarán la condición de parte interesada en la totalidad de la tramitación del procedimiento".
¿Se negocia un ERTE por fuerza mayor?
A diferencia de un ERTE por causas económicas, técnicas, organizativas y de producción, una regulación por fuerza mayor solo se comunica a los representantes de los trabajadores y se aplica en un máximo de cinco días, cuando la autoridad laboral aprueba el expediente. En un ERTE convencional, existe un periodo de negociación que es de 15 días para la mayoría de empresas.
¿Cuándo se puede aplicar?
Un ERTE por causa de fuerza mayor se puede aplicar a partir del momento en el que se produce la causa de fuerza mayor. En el caso de una fábrica el ERTE se podría aplicar con efectos retroactivos a partir del momento en el que se quedó sin piezas.
¿Cuánto cobran los afectados de un ERTE?
Los trabajadores afectados por una suspensión temporal de empleo motivada por el coronavirus perciben la prestación por desempleo. La cantidad es un 70% de la base reguladora de su cotización a la Seguridad Social durante los 180 días anteriores. En ese cálculo no se tienen en cuenta las cotizaciones por horas extras. A partir del día 181 de suspensión del contrato, el empleados empiezan a percibir el 50% de la base reguladora.
¿Quién puede cobrar el desempleo?
En la normativa general de los ERTE tienen derecho a cobrar prestación por desempleo los trabajadores que hayan cotizado un mínimo de 360 días. En ese caso, pueden percibir la prestación de paro un máximo de 120 días. Los sindicatos han pedido al Gobierno que en al situación actual se pague el desempleo aunque no se cumpla esta condición.
¿Cuanto desempleo gasta el afectado?
Si un trabajador tiene el contrato suspendido durante más de cinco días, consume un día de prestación de desempleo por cada jornada. En cambio, si está menos de cinco días en suspensión, consume 1,25 días por cada jornada.
¿Qué pasa con las cotizaciones?
Durante el periodo de suspensión temporal se mantienen las cotizaciones a la Seguridad Social de los trabajadores afectados. Las empresas pueden pedir a la Seguridad Social la exoneración, para que se haga cargo la Administración, en el caso de un ERTE por fuerza mayor.
¿Qué es el contador a cero?
Se trata de una medida excepcional que se puso en marcha al inicio de la crisis en 2008 ante la avalancha de regulaciones en las empresas. Los sindicatos piden al Gobierno que vuelva a aplicar esa medida para reponer los días de prestación de desempleo que puedan consumir durante la crisis del Covid-19.
¿Cuánto dura un ERTE por fuerza mayor?
Un ERTE por fuerza mayor tiene una duración indefinida con un máximo de 12 meses prorrogables por otro periodo igual. En cambio, un ERTE convencional tiene que especificar los días de suspensión de contrato o bien el porcentaje de reducción de jornada.