El alquiler de coches se incrementa en épocas vacacionales, aunque en ocasiones con algunas sorpresas para los usuarios de este servicio de movilidad. La falta de información básica en el contrato de alquiler y los cobros abusivos por anomalías tras la devolución del vehículo son dos de los problemas más frecuentes con las compañías de alquiler de coches, según ha informado la Organización de Consumidores y Usuarios (OCU).
La OCU ha recibido 149 consultas y reclamaciones sobre problemas relacionados con el alquiler de vehículos durante este verano, concretamente en los últimos dos meses y medio. Estas quejas y peticiones de información de los clientes del sector del Rent a Car pueden dar una idea de lo que es necesario para evitar sorpresas cuando devolvemos el vehículo.
Información del contrato
La organización ha señalado que el contrato no siempre incluye información básica. Por ello, OCU ha recomendado comprobar que el contrato cite expresamente el alcance de la cobertura del seguro, además de la fianza, la identificación de los conductores, la duración del contrato, la forma de pago y los detalles sobre la recogida y devolución del coche.
Cobros posteriores al alquiler
En cuanto a los cobros posteriores por defectos en el vehículo, la organización ha aconsejado "revisar con detalle" el estado en el que lo entregan y hacer constar, por escrito y con fotografías, cualquier anomalía a la compañía antes de abandonar la oficina de alquiler. Además, la organiuzación de consumidores recomienda que se acompañe al empleado de la empresa alquiladora durante la revisión del estado del vehículo en la entrega una vez concluido el servicio. Lo mismo se puede decir del estado en el que los usuarios reciben el vehículo, cuando hay que constatar cualquier desperfecto previo.
Cargos por gasolina y limpieza
Una de las sorpresas con la que se pueden encontrar los clientes son los cargos por servicio de repostaje, de más de 30 euros, o cargos adicionales por limpieza, que la OCU considera que son "improcedentes" si no están incluidos expresamente en las condiciones del contrato.
Reclamación judicial
Por último, la organización ha recordado que, en caso de conflicto y ante una falta de acuerdo con la compañía, el afectado puede recurrir a la vía judicial sin necesidad de abogado ni procurador hasta un importe máximo de 2.000 euros.