La nueva deducción en el impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF) por la compra de un vehículo eléctrico o híbrido enchufable y por la instalación de un punto de carga ha sido publicada ya en el BOE para su entrada en vigor. Los usuarios de coches eléctricos tendrá que cumplir nuevos requisitos y un proceso para obtener la nueva ayuda fiscal para impulsar la movilidad sostenible. A continuación publicamos una guía a modo de manual para conseguir la nueva deducción del IRPF, que se suma a las subvenciones del plan Moves.
¿Cuándo entra en vigor?
La deducción del 15% en el IRPF por la compra de un vehículo eléctrico fue aprobada el martes día 27 de junio en la reunión del Consejo de Ministros, ha sido publicada en el BOE del jueves 29 de junio para su entrada en vigor el día 30 de junio de 2023.
¿Tiene efectos retroactivos?
El decreto aprobado descarta cualquier efecto retroactivo para compradores de coches eléctricos o por la instalación de puntos de recarga. Por tanto, solo entrarán como operaciones que se pueden beneficiar de la nueva ayuda impositiva las que se hayan hecho con fecha desde la entrada en vigor de la norma, el 30 de junio de 2023.
¿Hasta cuándo se puede pedir?
La desgravación será deducible durante hasta final del año 2024, aunque existe la opción de ampliarse un año más cuando se dé el visto bueno a la adenda del Plan de Recuperación que el Consejo de Ministros aprobó a principios de este mes.
¿Es compatible con el Moves?
La nueva deducicón en el IRPF es compatible con otras ayudas o subvenciones píblicas para coches eléctricos y puntos d ecarga. SIn embargo, habrá que descontar la ayuda percibida del importe abonado para obtener la base sobre la que se aplica la deducción del IRPF.
¿Cual es la cuantía por la compra?
La base máxima deducible por la adquisición de un automóvil eléctrico es de 20.000 euros, que incluirá el valor de adquisición del vehículo, incluidos gastos y tributos, y descontará las cuantías que hayan sido subvencionadas a través de un programa de ayudas públicas, como por ejemplo, el Moves III, con el que es compatible la deducción. Por tanto, si compramos un coche eléctrico de 40.000 euros, percibiremos una rebaja en nuestra cuota del impuesto de la renta de 3.000 euros, equivalente a aplicar el 15% sobre la base máxima de 20.000 euros. En el caso de que se ha haya recibido la ayuda de 7.000 euros, habrá que descontarla.
También se podrá acceder a la deducción si se abona en el mismo plazo una cantidad al contado de, como mínimo, el 25% del valor de adquisición del futuro vehículo eléctrico, debiendo abonarse el resto y adquirirse el vehículo antes de que finalice el segundo período impositivo posterior, es decir, el siguiente ejercicio, al del pago de esa cantidad al contado.
¿Cuánto percibiré por un punto de carga?
El texto incluye una deducción del 15% en la instalación en un inmueble de la propiedad del usuario de sistemas de recarga de baterías para vehículos eléctricos. En este caso, la deducción se aplica sobre una base máxima de 4.000 euros anuales incluyendo todos los gastos y el IVA y descontando posibles ayudas, siempre que se pague con tarjeta o transferencia pero no en metálico. Por tanto, la ayuda máxima será de 600 euros, que se suma al 70% del coste de instalación del nuevo enchufe a través del Moves.